Rentas del trabajo (3ª parte)

Vamos a analizar cómo sería una liquidación de sueldos mensual, de acuerdo al proyecto. Los cambios: aportes patronales, tasa de BPS (caja de jubilaciones) 7.5 %, eliminación del 1 % del IRP; personales, aplicación de tasas de acuerdo a las franjas que correspondan. Entonces, aportes patronales: BPS 7.5 %, DISSE 5 % y FRL 0.125 %; personales, BPS 15 %, DISSE 3 %, IRP será una tasa efectiva que surgirá de comparar lo gravado por franjas con el ingreso generado. Recordemos, es el caso de relación de dependencia exclusivamente. Franjas y tasas correspondientes:


Ejemplo: sueldo nominal de $ 30.000. Por los primeros $7.410 no pago, tasa cero, Monto Mínimo No Imponible (en adelante MMNI); por los siguientes $ 7.410 aplico la tasa del 10 %: $ 741; por los siguientes $7.410 aplico el 15 %: $ 1.111,5; en estas tres franjas ya consideré $ 22.230, para llegar a los $30.000 nominales, me quedan $ 7.770, aplico la tasa del 20 %: $ 1.554. Ahora las deducciones que el proyecto me habilita a realizar: BPS 15 %: $ 4.500; DISSE 3 %: $900; FRL 0.125 %: $ 38; Total: $ 5.438. A este monto le aplico las tasas a partir de la siguiente al MMNI es decir 10 %, lo que da $ 543,8. Entonces, total a pagar por IRPF: 741 + 1.111,50 + 1.554 - 543.8 = $ 2.863  (9.542 % tasa efectiva).
Total a pagar: BPS : $ 4.500 ; DISSE $ 900 ; FRL : $ 38 ; IRPF $ 2.863 TOTAL: $ 8.300.-
Así se verá, en nuestra opinión, el recibo de sueldos a partir de Enero 2007. Profundizaremos en la siguiente entrega agregando otras situaciones, les anotaremos las fuentes en el proyecto de ley, de este análisis, para que Uds. saquen sus conclusiones.
Cálculos realizados por el Cr. Rafael Bonavota, especialista en temas laborales.

Cr. Alvaro Tringolo
Depto. de Impuestos MM&A
Corresponsal de Mazars en Uruguay
impuestos@mma.com.uy

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